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¿Política Social versus Política Económica?
Por Elina Mecle

 

Desde la vigencia del Estado de Bienestar europeo, que aún hoy persiste en muchos países a pesar de la aplicación de políticas neoliberales, hasta las formas minimizadas de Estados Sociales latinoamericanos, cuya esencia ha terminado por derrumbarse, se han discutido infinitas veces y desde distintos ángulos analíticos, la legitimidad o no del Estado Benefactor propiamente dicho como de sus versiones ya sea en su ropaje de Estado Liberal/residual, o de Estado Corporativista.

Es importante recordar que la protección social brindada por el Estado Benefactor genuino se asentaba en una suerte de trípode que articulaba coherentemente lo político, lo económico y lo social: 1) Políticamente se advirtió la necesidad de preservar el sistema capitalista después de la "época de las catástrofes 1" -primera guerra, crisis del ´30 y segunda guerra- y de la amenazadora presencia del bloque socialista, generándose un compromiso político entre el Estado, el capital, o sea los sectores económicos y los trabajadores, ya sea organizados sindicalmente o no. 2) Económicamente, se provocó y sostuvo un crecimiento inédito de la producción industrial planificada de bienes y servicios con importantes aumentos en la productividad y en la tecnología, garantizando la expansión de la demanda y el aumento del poder adquisitivo. 3) Socialmente, se destinó buena parte de los ingresos del Estado a la Inversión Social , configurándose un abanico de prebendas y derechos sociales antes nunca visto. Todo este movimiento histórico fue conocido como la Edad de Oro del capitalismo, dando lugar también a un prolífico aporte jurídico llamado Constitucionalismo Social.

En la Argentina , el Constitucionalismo social 2 se expresó en la Constitución del ´49 incluyendo en su normativa los derechos sociales; estos derechos entraron en vigencia en el marco de un modelo sustitutivo de importaciones con una política económica francamente redistributiva acompañada en su conjunto con otras políticas públicas de desarrollo social y con políticas sociales de carácter universal. Si bien esta Constitución fue derogada en 1957, se rescató e incorporó a la Constitución del ´53 el artículo de los derechos sociales en el 14 bis. La configuración que asumió el estado de bienestar en argentina fue híbrida 3, porque combinaba pautas de políticas sociales universales con otras que se basaban en lo corporativo, es decir, determinados derechos eran garantizados sólo a aquellos sectores sociales que poseían una relación de trabajo con el mercado o con el estado.

La vigencia histórica del Estado Benefactor o sus formas en espejo, empezaron a ser cuestionadas cuando la economía en su conjunto empezó a manifestar, en algunos casos más y en otros menos, rasgos de agotamiento ya sea por cuestiones internas o externas.

Las crisis generalizadas del capitalismo de los ´70 y ´80 erosionaron en diferentes grados de profundidad al Estado Social, y la "Caída del Muro" como broche final, contribuyó a la puesta en marcha de un modelo de acumulación muy diferente al anterior, que se expandió e impuso fundamentalmente para los países llamados del "tercer mundo" a través de lo que conocemos como Consenso de Washington 4. América Latina y obviamente Argentina, no quedaron afuera de esta reestructuración capitalista conservadora, generándose severos ajustes al interior de sus economías y de sus Estados, con la consecuente erradicación por parte de éste de políticas económicas redistributivas. Es decir, las políticas sociales de otrora se potenciaban indefectiblemente por la aplicación de políticas económicas de re-distribución del ingreso que entre otras cosas implicaban la permanente generación de empleo, la ingerencia del estado en la fijación de los precios y por ende del salario, en la aplicación de un sistema tributario eficiente y progresivo y en la implementación de otras políticas públicas de crédito y financiamiento en áreas de viviendas, hospitales, escuelas, que en síntesis contribuían al bienestar y al desarrollo social.

Específicamente las políticas sociales históricas tendían a proveer servicios de alta calidad en salud y educación para toda la ciudadanía, tuvieran o no una relación laboral formal.

A partir del cambio del modelo de acumulación, se viene dando tanto a nivel político-ideológico, como académico, la discusión sobre la importancia y legitimidad de las políticas sociales universales versus políticas sociales focalizadas; las primeras como producto de una expansión económica del llamado Estado Benefactor y las segundas como propuesta del Banco Mundial en el marco de políticas de ajuste fiscal del modelo neoliberal.

La defensa de la universalización de las políticas sociales se asienta fundamentalmente en la condición de "ciudadanía" en su abanico de derechos civiles, políticos y sociales. La defensa de la focalización, se basaría en la necesidad de seleccionar restringidamente la población objetivo más carente, la cual recibiría un mayor caudal de recursos por parte del Estado. Esta fue la propuesta -retórica por cierto- surgida del Consenso de Washington teniendo al Banco Mundial como principal gestor e implementador. Es importante señalar que esta "receta" priorizaba la ejecución de programas sociales focalizadas por parte de organizaciones no gubernamentales, cuestión que los organismos multilaterales -BID Y BM- se encargaron no sólo de promocionar sino de financiar, provocando al mismo tiempo no sólo un desembarazo del Estado de la "cuestión social" sino su propia erosión.

Las consecuencias sociales producidas por el modelo de acumulación francamente excluyente, como precariedad laboral, informalidad, creciente desempleo y exclusión del mercado de diferentes sectores sociales, conformaron una sociedad sin precedentes, fragmentación del tejido social, altos índices de pobreza, indigencia y marginalidad. Por lo cual, a fin de caracterizar la problemática y resolverla, salta a todas luces en cualquier diagnóstico, la responsabilidad del modelo y sus políticas de ingresos regresivas respecto de la "cuestión social 5" entendida ésta como la contradicción flagrante entre la igualdad formal de los sujetos frente al derecho y la lacerante desigualdad económica y social. Por lo que, pretender resolverla sólo desde la magra política social, focalizada o universalista en el mejor de los casos y en algunos servicios, es pretender darle a la política social una envergadura que de por sí no tiene y encubrir las verdaderas causas de las consecuencias económicas.

Es evidente que la mejor política social es aquella política económica que privilegia al ciudadano y no al consumidor, que depende del bien común al que deben propender los estados y no los mercados, que la cohesión social y la gobernabilidad depende de aquéllos y no de éstos, que crecimiento económico no es sinónimo de desarrollo social, y finalmente que es imposible reparar con "programas" los estragos producidos por la apropiación económica del modelo en curso.

En orden a fundamentar sobre la contradicción entre políticas sociales universales versus políticas sociales focalizadas, se impone una consideración en función de la equidad; sería sustancialmente equitativo ante la situación de extrema pobreza e indigencia que los sectores más vulnerables y francamente carentes sean beneficiados con políticas sociales universales, más la suma de significativos programas focalizados para lograr la verdadera inclusión "ciudadana" a la que se apela en cualquier discurso político.

En el gobierno actual, se destinan y no es poco mérito pero no alcanza, importantes sumas de recursos, en la aplicación de Políticas Sociales, desde el ámbito de diferentes Ministerios. Un abanico espectacular de programas sociales está en curso de implementación, sin lograr revertir la cuestión social. La eficacia, eficiencia y economía de dicha política está absolutamente cuestionada. Uno de los resortes en lo que hace eje la ejecución está basado fundamentalmente en el buen funcionamiento de los Consejos Consultivos, que en la práctica concreta y cotidiana, los que han logrado formarse, se alejan sideralmente de los fines para los cuales fueron concebidos. Todo el discurso gubernamental 6 de real articulación entre el Estado y otros actores institucionales, de planificación social, de combinación entre asistencialismo e integralidad a fin de lograr el desarrollo de capacidades sustentables, de fortalecimiento de los espacios asociativos, de inclusión ciudadana, puntos nodales en la propuesta de la Política Social , hacen agua ante los porcentajes de pobres e indigentes que surgen de las estadísticas relevadas por el propio gobierno, debido a una política económica regresiva del ingreso.

Esta realidad concreta de una argentina dividida, con escasas posibilidades de revertir la situación sin la aplicación de una política económica redistributiva a favor de los sectores más desprotegidos, es la argentina de hoy, que ostenta un crecimiento económico sostenido con perspectivas futuras, pero no logra con ello el desarrollo social ni la inclusión.


HOBSWAUN, ERIC, Historia del siglo XX.

Para mayores datos ver, MECLE, ELINA,

Denominación acuñada por LO VUOLO.

WILLIAMSON, JOHN, Revisión del consenso de Washington en LOUIS EMMERIJ Y JOSE NUÑEZ DEL ARCO, El desarrollo económico y social en los umbrales del siglo XXI, BID, 1998.

Acuñada por CASTELS ROBERT, Metamorfosis de la cuestión social.

Documento del Ministerio de Desarrollo Social.

 

 

 
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